La justicia avala las restricciones a los municipios que ofrecen Internet como servicio al vecino
15/09/2011. El País
Wifi público y gratuito sí, pero con condiciones. La justicia ha dado un espaldarazo a las severas restricciones impuestas a las administraciones que desean ofrecer a sus vecinos Internet inalámbrico abierto y gratuito. Para los operadores privados de telecomunicaciones, no es papel de las administraciones prestar estos servicios, pero los municipios defienden que hacen un servicio útil para los ciudadanos. Entre los corsés al wifi público, se prohíbe ofrecer una velocidad de conexión competitiva.
La Audiencia Nacional hizo pública ayer una sentencia que certifica que los organismos públicos que ofrezcan este servicio deben estar sometidos a las mismas condiciones que los operadores privados. La resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de ese tribunal ratifica la multa de 300.000 euros impuesta por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) al Ayuntamiento de Málaga por no comunicar al organismo regulador su intención de prestar ese servicio a través de su red Biznaga. Los magistrados obligan además al Consistorio a inscribirse en el registro de operadores del regulador como establece la Ley General de Telecomunicaciones para cualquier proveedor.
La batalla no es nueva. Ante las intenciones de varias Administraciones y organismos públicos de ofrecer acceso a Internet a sus ciudadanos, la CMT aprobó en agosto de 2010 -siete meses después de sancionar a la capital andaluza- una circular en la que estableció las condiciones que estos debían de cumplir para prestar ese servicio. Y la principal era una rebaja importante en su calidad. Mientras que los principales operadores (Telefónica, Orange, Ono...) ofrecen paquetes básicos con velocidades de bajada de 10 megabytes por segundo en adelante, las redes inalámbricas, gratuitas y abiertas que pongan en marcha las Administraciones no pueden superar los 256 kilobytes por segundo, una velocidad tecnológicamente obsoleta. Sus repetidores y enrutadores, además, no pueden estar enfocados hacia edificios residenciales, lo que facilitaría la entrada de particulares. Por último, en cualquier caso, deben notificar antes su instalación al regulador para estar sometidos a su control.
En el caso del Ayuntamiento de Málaga, su pretensión inicial era llevar la tecnología wifi a todo el casco urbano, en el que viven unas 560.000 personas, algo a lo que, por entonces, en 2008 (antes de aprobarse la circular), la CMT ponía trabas. Para sortearlas, el Consistorio planteó que su red, denominada Biznaga, diera el servicio en condiciones de "autoprestación", es decir, que la función de este servicio estuviera destinado al funcionamiento del municipio y el trabajo de sus funcionarios y trabajadores. Ese régimen, previsto por la Ley General de las Telecomunicaciones, exime a los que quieran prestar el servicio de comunicarlo a la CMT así como de inscribirse en el Registro de proveedores del organismo.
La CMT, sin embargo, concluyó que las condiciones en que Biznaga daba acceso a Internet iban mucho más allá de la autoprestación. En primer lugar porque su cobertura, con vocación universal, no se extiende únicamente a instituciones culturales y educativas, como permite el regulador. Biznaga es accesible a cualquier ciudadano que lo solicite en lugares como la propia sede del Ayuntamiento, la Fundación Picasso, el Centro de Arte Contemporáneo, el pabellón de deportes José María Martín Carpena o el teatro Cervantes, entre otras dependencias municipales.
Y por eso, en febrero de 2010, el regulador impuso al Ayuntamiento una multa de 300.000 euros. El motivo: no haberle comunicado el inicio de su actividad en las mismas condiciones que cualquier otro proveedor de acceso a Internet. La resolución de la CMT exhortaba además al Consistorio a pagar la tasa general de operadores y a inscribirse en el registro que los engloba. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia ratifica ahora esa sanción al entender que, efectivamente, Biznaga no servía únicamente para satisfacer las necesidades del Ayuntamiento, es decir, las funciones propias del personal a su servicio.
Los magistrados van más allá y reprochan al Ayuntamiento de Málaga que su red dé acceso "a una navegación libre" entendida "como el acceso a páginas web ajenas a la Administración municipal demandante y, por ende, que nada tienen que ver con (...) los servicios municipales". Es decir, que no existe autoprestación porque a través de Biznaga se puede visitar cualquier página de Internet con la única restricción de las de contenido sexual o violento.
Ante la proliferación de Ayuntamientos que querían poner en marcha sus propias redes, la CMT lanzó en 2009 una consulta sobre la regulación del servicio de wifi a cargo de las Administraciones Públicas. Trataba fundamentalmente de eliminar la limitación temporal del wifi publico gratis, evitar situaciones de competencia desleal con las entidades privadas y, al tiempo, promover la entrada de nuevos usuarios. Un año más tarde el organismo regulador estableció las restricciones que contiene la circular que debían cumplir las Administraciones.
Al margen de los servicios de las Administraciones, la CMT autoriza el wifi comunitario. Este sistema permite a una comunidad dar acceso a la Red a todos los vecinos. Quien detonó esta posibilidad fue un ciudadano de Jaén que diseñó un proyecto que consistía en contratar una línea con un operador, ubicar un terminal de red en el cuarto de contadores y trazar un cableado para conectar las viviendas de los vecinos. Para llevar a cabo todo este entramado quiso saber la opinión del regulador, que no puso pegas. Al tratarse de un servicio de acceso a Internet en régimen de "autoprestación" y sin ánimo de lucro, la CMT dio el visto bueno. En esta ocasión tuvo también en cuenta que el acceso estaba restringido mediante una contraseña a los habitantes del inmueble.
Pero para que estas iniciativas prosperen, las comunidades de vecinos tienen que contar con la colaboración de los operadores. Y no todos están dispuestos a este tipo de enganches múltiples. Las grandes empresas de telecomunicaciones prohíben a sus clientes compartir las conexiones de ADSL.
Preservan, como es lógico, su negocio. "Compartimos el interés de las Administraciones Públicas, a todos los niveles, por fomentar el desarrollo de la sociedad de la información. Pero si las Administraciones Públicas desean entrar a competir en un mercado liberalizado, utilizando dinero de los presupuestos públicos para ofrecer servicios de telecomunicaciones que también están ofreciendo empresas privadas, entendemos que el uso de ese dinero público debe estar sujeto a una vigilancia especial", dice Redtel, la compañía que agrupa a los grandes operadores de telecomunicaciones (Telefónica, Orange, Vodafone, Ono). Lo principal, aseguran es que todos los actores presentes en el mercado "cumplan las mismas reglas", en este caso las de la circular de la CMT, pero igualmente las de ayudas públicas a nivel europeo.
Pero al margen de los grandes operadores existen otros proveedores con planteamientos económicos opuestos. Guifi.net es una red de telecomunicaciones inalámbrica, libre, neutral y abierta. Conecta a 14.000 hogares a través de 20.000 kilómetros de red en toda España que han ido construyendo sus participantes (ciudadanos, empresas e instituciones) desde 2003. Su fundador, Ramón Roca, la define como un "autoservicio que facilita redes de telecomunicaciones abiertas a todo el mundo" donde algunos comparten su conexión a Internet. Entre ellos bibliotecas y centros de más de 100 Ayuntamientos. La red llega, según sus cálculos, a 50.000 ciudadanos. El fondo de la sentencia no está, según Roca, "en si Málaga presta o no el servicio de forma gratuita. Ni en los wifi públicos. El meollo está en el concepto de autoprestación", que eximiría al Ayuntamiento de inscribirse en el registro de operadores de la CMT, como establece la Ley General de Telecomunicaciones. En cualquier caso, dice Roca, "Guifi.net va mucho más allá de la autoprestación".
Guifi.net está incrito en el registro de operadores de la CMT. "La inscripción es gratuita", asegura Roca. La tasa que los operadores abonan a la CMT en concepto de actividad económica es un porcentaje sobre su facturación. "Como Gufi.net no factura nada a nadie, no paga ni un duro al regulador". "Nunca hemos prohibido, ni antes ni después de la circular, que las Administraciones presten servicios de Internet con wifi", aseguran desde la CMT. De hecho, afirman, más de 200 Ayuntamientos ya están inscritos en su registro como operadores.
En cualquier caso el asunto no ha estado siempre tan claro. En 2004 cerró Sensefils BCN, con apenas una docena de nodos en toda la ciudad que, además, solo daba acceso gratuito a la página del Ayuntamiento y a otras de la Administración. Motivo: la CMT consideró que no era una red de "interés público" y que, además, competía con las operadoras privadas. Cuatro años después, en cambio, Avilés obtuvo la autorización para desplegar una red inalámbrica gratuita. La clave: financiarse con publicidad. Es decir, "no utilizar los fondos públicos para pagar servicios que otros ofrecen en libre competencia", dice la CMT.
Los grandes operadores siguen mirando con lupa a las Administraciones para que no compitan de forma desleal. "Es mucho lo que pueden hacer y muy positivo, e incluso nadie lo puede hacer si ellas no lo hacen", apuntan en Redtel. "Nos referimos a desarrollar servicios de tramitación administrativa on line, que eviten desplazamientos y colas a los ciudadanos, facilitando y abaratando la ubicación de infraestructuras de redes de telecomunicaciones en sus territorios, agilizando trámites, ofreciendo programas de alfabetización digital a colectivos desfavorecidos o servicios públicos de teleasistencia a personas necesitadas". Están de acuerdo con el apoyo público a la sociedad de la información. Pero sin que afecte a su negocio.
Subscribe to:
Enviar comentarios (Atom)