Estarán clasificados igual que los electrodomésticos · La Junta pondrá en marcha en septiembre el registro electrónico para tramitar y consultar estos certificados
Charo Solís / SEVILLA | Actualizado 22.07.2008 - 05:04

Todos los nuevos edificios que se construyan en Andalucía tendrán que cumplir, a partir de septiembre, un nuevo requisito: disponer de un certificado de eficiencia energética. Un distintivo similar al que ya llevan los electrodomésticos, es decir, de la clase A a G, en función de su consumo de energía y de sus emisiones de dióxido de carbono (CO2) anuales. Esta etiqueta se tramitará ante el registro electrónico que activará la Consejería de Innovación de la Junta de Andalucía, siendo así la primera comunidad del país que desarrolla la normativa estatal -en vigor desde el 31 de octubre de 2007-.

La ventaja de la calificación del edificio y su registro no es sólo el conocimiento que la Administración autonómica pueda tener de los materiales con los que está construido -fachada, suelo y cubierta-, la orientación, características térmicas de cerramientos, los sistemas de calefacción, refrigeración, iluminación, elementos de sombra o agua caliente y el ahorro energético que ello conlleva, sino que esta información será accesible a los posibles compradores o arrendatarios.

El registro electrónico que abrirá la Consejería -hoy se publica en el BOJA la orden para su creación y tendrá que estar operativo en dos meses- será de carácter público y permitirá la consulta on-line al usuario, que tendrá así un elemento más para decidir la conveniencia o no de adquirir o alquilar una vivienda, un local o una oficina, ya que podrá hacerse una idea de la factura eléctrica a la que tendrá que hacer frente. Otro beneficio será la mejora de los materiales de construcción que se empleen de aquí al futuro.

La obligatoriedad de este certificado -que se adecuará a las condiciones normales de funcionamiento y ocupación del inmueble- será no sólo para los nuevos edificios construidos, como establece la norma estatal. La Consejería ha ido un paso más allá y establece la exigencia de esta etiqueta también para la fase de proyecto. Otra de las novedades incorporadas es la creación de un modelo de certificado, lo que facilitará el trabajo a los arquitectos y arquitectos técnicos firmantes, y el control por parte de la Administración.

Aparte de la comodidad de poder tener acceso a las condiciones de un edificio a través de internet, la Consejería se ha decantado por esta fórmula para su tramitación y para su consulta, para así dar ejemplo de su política de ahorro energético y de impulso a la administración electrónica.

La validez de estos certificados será de un plazo máximo de diez años, aunque en caso de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación del edificio, tanto si supone un empeoramiento o una mejora de la calidad tendrá que notificarse.

El distintivo, que será común en todo el territorio nacional, tendrá carácter obligatorio en todos los edificios, pero hay excepciones, como los edificios y monumentos protegidos, lugares de culto, construcciones provisionales con un plazo de vigencia de dos años, los edificios industriales y agrícolas y edificios asilados de menos de 50 metros cuadrados de superficie. En el caso de los inmuebles ocupados por autoridades públicas, instituciones y servicios públicos será de obligatoria exhibición y de forma destacada.

0 Comments:

Post a Comment




BLOGANTREGA